Los falsos dogmas

FALSOS DOGMAS

La ficción de la propiedad intelectual

«Quien recibe una idea de mí­, recibe instrucción sin disminuir la má; igual que quien enciende su vela con la má, recibe luz sin que yo quede a oscuras»

Thomas Jefferson

Los derechos de autor nacieron con la invención de la imprenta. En aquellos tiempos, el control de la expresión de las ideas era fí¡cil porque muy pocos podán costearse los instrumentos necesarios para multiplicar las obras. Era a los que podán, a los editores, a quienes iban dirigidas estas leyes. Los ciudadanos no eran los destinatarios de las obligaciones y prohibiciones de los derechos de autor porque la posibilidad de reproducir obras intelectuales no estaba en sus manos.

Los avances tecnológicos ponen eso del reví©s. Las fotocopiadoras, los casetes y ahora los ordenadores e Internet han convertido en vapor la ya de por sí­ inmaterial obra intelectual.

La posibilidad actual de hacer copias rí¡pidas y baratas hace que hoy las leyes de propiedad intelectual tengan como principales destinatarios no a los editores sino a los ciudadanos.

La propiedad intelectual se ha volatilizado y se escapa entre los dedos de los que ayer la controlaban. Para frenar esa situación las leyes fingen sólido lo que es gaseoso y convierten en propiedad privada algo que no se puede poseer.

Bajo la careta de la defensa de los derechos de los autores se encuentran las empresas que mí¡s han hecho por esclavizarlos. Tras el lema “protejamos a los creadores” hay realmente un ansia privatizadora en la que la persecución a millones de ciudadanos por el intercambio en P2P es sólo una batalla mí¡s de las muchas que se estí¡n librando.

El principal problema con el que se encuentra este afí¡n privatizador estí¡ en la intangibilidad de las obras intelectuales. No todo es susceptible de ser una propiedad privada.

De hecho, la propiedad intelectual es una ficción. Las leyes pretenden el imposible de que alguien pueda apropiarse de algo inmaterial como quien se apropia de un coche o de una casa. Cerrar la puerta es una forma muy sencilla de impedir a los demí¡s el uso de mi vivienda, pero ¿cómo hacer eso con una canción que no estí¡ en ninguna parte y en todos sitios?

Podrámos hacer leyes que dijeran que el aire es una “propiedad especial”, como lo es la intelectual, pero eso no impedirá que la prí¡ctica comíºn chocara con ese invento legal. Y eso es justo lo que ocurre hoy con la propiedad intelectual: la realidad social vuelve del reví©s a unas leyes que pretenden proteger un interí©s que se basa en una fantasá.

Por mí¡s que los faní¡ticos del copyright se empeí±en, la propiedad intelectual no puede compararse con el resto de propiedades sobre objetos materiales y tangibles. Las segundas son susceptibles de ser apropiadas, pero no las primeras. Las segundas son usadas por una persona con exclusión de las demí¡s, mientras que las obras intelectuales pueden ser usadas por todos sin excluir a nadie.

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